top of page
Estacionline945x284px.gif
Banner_945x284_v2.gif
ayco.gif
GIFDarodontologia (1)_2.gif

¿Es lícito negarse a entregar pedidos en ciertas áreas de la ciudad?

  • Foto del escritor: Brisa Feltrín
    Brisa Feltrín
  • 22 abr 2020
  • 2 Min. de lectura

Dialogamos con el Dr. José Luis Alonso de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe sobre si es lícito que los comercios puedan negarse a llevar pedidos a ciertas zonas de la ciudad.

Debido al suceso en la ciudad de Funes cuando una pizzería se negó a la repartición de comida en una determinada zona, el doctor nos informa que "la reglamentación en cuanto al espacio laboral que ocupa un comercio con su reparto a domicilio depende directamente del comerciante. El comerciante al contratar un servicio de delivery, ahí debe contratar cual es la zona que abarca"

"Recibí consultas de los mismos deliverys porque había negocios que llevaban el servicio hasta Rosario, el aeropuerto. Ellos decían que eran contratados para cumplir su rubro en Funes y en realidad los mandaban hasta Rosario".

En el Concejo Deliberante de Rosario hay un proyecto de Ordenanza en el que se reglamenten todo tipo de prestaciones. Nos encontramos hoy con una gran precaridad laboral extrema sobre todo en las empresas que hacen prestación de servicio de delivery, "empresas que tiene origen extranjero y no pagan ingresos brutos".

Alonso nos agrega que "el trabajador se gana honestamente su dinero con la prestación de servicios que da. Ahora si es empleado de un comercio, el comerciante es el que fija las pautas como pagarle un sueldo, tenerlo en blanco y demás cosas que son las que corresponden. Tiene que cumplir ordenes de la patronal".

Se pueden distinguir tres casos diferentes para ejercer el rubro de cadetería:

1. "Muchos hacen la prestación del servicio de una forma libre, es decir, el comercio los llama, cobra su arancel y presta el servicio .

2. "En otros casos son empleados directos del comercio, que se encuentran sindicalizados dentro de lo que es empleados y comercios".

3. "Otros prestan el servicio con empresas que están en auge, que no tienen una reglamentación legal en cuanto a lo Municipal".

En conclusión los cadetes como trabajadores y prestadores de servicios si pueden "tachar" zonas a las que concurrir pero, si el delivery pertenece al plantel de empleados de un comercio, el que fija las pautas es el empleador. Este mismo es el que da las ordenes a sus empleados.

Comentarios


3413498495 (1).gif
banner-info.gif
Secuencia 02.gif
Secuencia 01_1.gif
WhatsApp Video 2019-09-29 at 21.03.26_1.
imagen_2020-11-19_161101.png
Estación Online
  • Grey Facebook Icon
  • Grey Instagram Icon
  • Grey Twitter Icon
bottom of page